
La importancia de colegiarse en el Colegio de Diseñadores de Interior
¿Debemos colegiarnos siendo diseñadores de interiores para ejercer nuestra profesión?
¿Qué ventajas presenta estar colegiado frente a no estarlo?
En la presente entrada hablaremos sobre la importancia de que los decoradores y diseñadores de interiores se colegien en el Colegio de Diseñadores de Interior.
Siendo obligatorio estar colegiado para poder ejercer legalmente como diseñador de interiores, vamos a hacer hincapié en las ventajas que presenta estar colegiado. Para ello, primero vamos a hablar de quiénes pueden colegiarse y cuáles son las actividades por las cuales se exige colegiación. De este modo, podrás saber si puedes colegiarte o no.
¿Quiénes pueden colegiarse en el Colegio de Diseñadores de Interior?
El Decreto citado anteriormente señala que la colegiación la podrán llevar a cabo aquellos que acrediten tener el título de decorador, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia. La titulación requerida para la colegiación ha ido evolucionando a lo largo de los años, tal y como establece el mismo Colegio de Diseñadores de Interior de la Comunidad Valenciana (CDICV), pero la más reciente es la de 2010. En concreto, solicitan el título superior de diseño, equivalente a grado, con especialidad en diseño de interiores,
¿Cuáles son las actividades a desempeñar por las cuales es obligatoria la colegiación?
El Real Decreto 902/1977, de 1 de abril, regulador de las facultades profesionales de los Decoradores establece que estas son las actividades por las cuales se exige colegiación:
a) Formular y redactar, con eficacia jurídica y plena responsabilidad, proyectos de decoración que no afecten a elementos estructurales resistentes, a la configuración de la edificación ni a las instalaciones de servicio común de la obra principal determinadas en el proyecto aprobado y objeto de las preceptivas licencias administrativas.
¿Qué se entiende por proyecto de decoración? El conjunto de planos y documentos en los que se detallen la instalación o trabajo a realizar. Comprenderá, al menos, una Memoria descriptiva, con especificación técnica de materiales y elementos a emplear, un presupuesto del proyecto de interiorismo y los planos de estado actual, de situación, de planta, de alzados y de sección necesarios para su eficaz ejecución.
b) Dirigir los trabajos de decoración dentro de los límites del apartado anterior, coordinando todos los elementos que intervengan en los mismos y detallando soluciones adecuadas; programar, controlar y certificar su ejecución.
c) Concebir diseños de elementos de aplicación a toda decoración.
d) Controlar y valorar la calidad de los materiales y elementos que intervengan en dichas realizaciones de decoración.
e) Realizar valoraciones, peritajes, informes y dictámenes sobre proyectos y realizaciones de decoración.
Ahora que ya sabes si puedes colegiarte o no, vamos a ofrecerte una serie de argumentos por si todavía dudas en hacerlo, pues son algunos los diseñadores de interiores que se posicionan en contra de ello, alegando falta de libertad profesional y el pago de cuotas de colegiación.
Sin embargo, son muchos otros los que consideran que la colegiación obligatoria evitaría el intrusismo profesional y la desvirtuación de la profesión. Por ejemplo, Obeso Prieto, decano-presidente del Consejo General de los Colegios Oficiales de Decoradores y Diseñadores de Interior señalaba en un escrito que mantener la colegiación obligatoria, teniendo que acreditar una titulación oficial, sería la forma más sencilla y eficaz de proteger los derechos de los clientes a la hora de asegurarles con quien están tratando. También de evitar la pérdida de prestigio de una profesión.
Obeso Prieto considera que poder trabajar sin una formación específica perjudica a los que obtienen una titulación oficial, pues éstos se encuentran en un mercado con competidores que creen estar a la misma altura, pero no tienen la misma preparación.
Por otro lado, Rubén Couso, diseñador de Interiores publicó en su blog un artículo en el que hablaba de que son los colegios oficiales los que ejercen la fuerza sindical sobre la administración pública, organizaciones y empresas para lograr que la profesión del diseñador de interior sea valorada y protegida contra el intrusismo profesional. También los que velan a favor de la igualdad de oportunidades en la profesión y de la Justicia.
Asimismo, los colegios son la garantía de profesionalidad de los diseñadores de interior ante el cliente final. Es decir, son la garantía de calidad y seguridad aportando, por ejemplo, un plan de seguro civil que proteja tanto a los colegiados, como al resto de partes del proceso desde la acogida del cliente hasta la entrega de la obra terminada. Por tanto, un diseñador sin colegiar es un profesional cuya única garantía es su palabra o trayectoria, señala Couso.
A nivel legal, el coelgiarte en el Colegio de Diseñadores de Interior te ofrece muchas ventajas, como por ejemplo un seguro de Responsabilidad Civil Individual, tal y como señala el CDICV, por ejemplo. Es decir, este seguro cubre las consecuencias de la Responsabilidad Civil Profesional que puedan derivarse por los daños personales y materiales, así como los perjuicios económicos causados involuntariamente a terceras personas derivado de:
- La redacción, formulación y dirección de proyectos de diseño de interiores.
- La concepción de diseños de elementos de aplicación en el diseño de interiores.
- El control y la valoración de la calidad de los materiales y elementos que intervengan en el diseño de interiores.
- La realización de peritajes, valoraciones e informes sobre proyectos y realizaciones.
Te recomendamos que si tienes dudas acerca de responsabilidad civil, te dirijas directamente a alguno de los profesionales del Colegio, o bien contactes con alguno de los abogados de Legal Pigeon, expertos en esta materia.
Por otro lado, el Colegio también ofrece asesoría fiscal en relación a tus obligaciones tributarias, asesoría laboral sobre contratos de trabajo y seguridad social, y asistencia jurídica si tienes problemas de cobro con algún cliente.
Y lo más importante, el Colegio de Diseñadores de Interior protege la autoría de tu trabajo, realizando las reclamaciones oportunas ante los distintos organismos públicos. Es decir, reconoce los derechos de autor de los diseñadores de interior. Estos están vigentes desde la aprobación en 1996 de la Ley de Propiedad Intelectual, la cual protege tu trabajo de plagios y publicidad no consentida, algo por lo que los diseñadores de interiores llevamos luchando mucho tiempo.